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"Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria"

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LUIS M. CASTRO
Chicho
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Mensaje por Chicho Vie Ene 22, 2010 8:55 am

   Hola a todos,

Artículo 2.- Captura en vivo de aves fringílidas Gran Canaria

 2/ Objetivos y razón de la acción: el objetivo es la captura y tenencia de ejemplares destinados a la cría e hibridación en cautividad.

 Una vez finalizada la actuación autorizada (captura),el interesado deberá emitir informe a este Servicio (Cabildo de Gran Canaria - CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE),vía Federación Ornitológica,en relación con la actividad efectivamente realizada,incluso si el número de ejemplares realmente recogido fuera cero (ninguno).

 En atención a la obligación adquirida con la integración en la Comunidad Europea y en aplicación de la Directiva Comunitaria 79/409 relativa a la Conservación de las Aves Silvestres y las excepciones que permite el artículo 9 de la misma, la normativa para la captura de aves fringílidas, es la siguiente:

a/ Especies autorizadas; las únicas especies cuya captura está autorizada son: canario de monte, pardillo (linacero,mulero),verderón,verdecillo (chamarín) y jilguero (pájaro pinto).

b/ Número de ejemplares: se autoriza la captura de un máximo de 4 ejemplares por especie y temporada.

c/ Periodo y días autorizados: la actividad podrá realizarse en terrenos agrícolas de Gran Canaria,durante cualesquiera de los días de la semana de los meses de agosto y septiembre del año en curso..

d/ Artes autorizadas: sólo se autorizará el uso de la jaula trampa (falsete).

e/ Lugares autorizados: sólo se permitirá la captura de estas aves en zonas agrícolas que no estén incluidas en la relación de terrenos de protección especial enumeradas en el artículo 5Q de esta Orden.

f/ Condiciones requeridas: para obtener la autorización de captura de estas aves será necesario pertenecer a una sociedad pajaril y ornitológica o demostrar la pertenencia a la Federación Provincial de Caza.

 Las competencias sobre esta materia son de las comunidades autónomas, con lo cual en cada comunidad hay que consultar la normativa vigente en ese momento.Hay que tener permiso administrativo de ese organismo competente que normalmente suele ser la Consejería de Medio Ambiente o similar de cada comunidad,para la tenencia,captura o cría en cautividad.

 Lo que se necesita para la tenencia y captura de silvestres es pedir permiso al Cabildo, siempre a través de una asociación y tener núcleo zoológico.Aparte del núcleo zoológico, se necesita copia del D.N.I. , del carnet de Criador Nacional, y declarar los pájaros capturados el año anterior, con su número de anilla, así como los criados por los mismos.

 Primero te pasas por cualquier asociación, y te asocias en la que mas te convenga, aquí en Las Palmas hay varias. En mi caso soy socio de la ASOCIACIÓN ORNITOLÓGICA DE LAS PALMAS esta es la página web (http://aolp.es.tl/) , ahí tienes la dirección y número de teléfono.Tendrías que hacerte socio ( para hacerte con el carnet de Criador Nacional ) y sería recomendable que en ese momento pidieras anillas (2,4 ó 2,5 mm para jilguero) en el momento que te des de alta,si es antes del 18 de julio mejor, que es cuando acaba el plazo de petición de anillas en 2ª convocatoria y te llegan antes.


 Requisitos para hacerse socio (AOLP) :

-Fotocopia D.N.I.
-Dos fotos tamaño carnet.
-Abono de las tres primeras cuotas
( 7 euros c/u, total 21 euros ).
-Cuota mensual 7 euros.
-Están exentos de pago de cuota los menores de edad hijos o familiares directos de socios.
-Se recibe gratis ( 4 números al año ) de la revista "PAJAROS".
-Pedido mínimo de anillas 50 (50x0,43 precio unidad; 21,50€).

 Cuando tengas tus anillas con tú nº de criador,es cuando puedes pedir el núcleo zoológico, necesario para la tenencia y captura de silvestres.
 En el tablón de anuncios de la asociación está puesto la documentación que se necesita para sacar dicho núcleo zoológico a través del veterinario Sr. Dn. Rafael Riera.Te piden croquis del aviario y plano de situación (calle en la que está), copia del DNI y como precio especial para los socios de la AOLP, 150 € (Normalmente cuesta bastante más).

 Las comunidades autonómas dan el registro de núcleos zoológicos, pero son los ayuntamientos los que realmente marcan las condiciones para obtenerlo.Según un municipio u otro se podrá tener o no tener el registro; unos ayuntamientos piden poco, otros mucho y otros simplemente se niegan a realizar a particulares el informe que requiere la comunidad autónoma correspondiente.

  Para terminar con este primer tema, quiero hacer dos observaciones: a/ para tramitar esta solicitud (tenencia y captura de silvestres) existen unos plazos establecidos (viene finalizando alrededor de mayo),así que, procurar estar al tanto. b/ Si estáis leyendo y a la vez pensando “pero si yo no quiero capturar, simplemente quiero unos jilgueros para intentar criar en cautividad, etc..., deciros que para la tenencia son imprescindibles estos trámites.
 Si queréis jilgueros legales: anillados, criados en cautividad y todo en regla, correcto, pero no paséis por alto que los primeros que tenéis que estar legalalizados sois vosotros, es decir, tenéis que tener primero un permiso para la tenencia, para que luego, cuando os cedan un jilguero como en este caso, darle entrada en vuestro aviario.

 Bién, esto con respecto a los requisitos, ahora voy a pasar a la pregunta que nos hacemos a menudo los residentes en las Islas Canarias y que para mí engloba otras muchas más: “hace poco hice gestiones para que me cedieran una pareja de jilgueros en la península y me los cedían, pero desde que les decía que era para mandar a Gran Canaria se retraían: que si la lejanía, que si las empresas de transportes se negaban, etc..., .Estas son excusas sin fundamento de ningún tipo (falta de la correspondiente legalización por la otra parte).
 La principal de las excusas que suelen poner es decir que para dicho envío a las Islas Canarias no operan Seur y MRW.No se dan cuenta que con la correspondiente documentación por las dos partes no necesitamos los servicios de ninguna de estas compañías,Iberia nos realiza este servicio y en un plazo aproximado de tres horas (depende del aeropuerto de envío),tendremos las aves en la Isla.
 Iberia Cargo, del grupo Iberia Líneas Aéreas, S.A., tfnos.:901 111 400 y 901 124 124. El servicio lo realiza, con destino a las Islas Canarias, desde los aeropuertos de Madrid, Barcelona, La Coruña, Vigo, y otros más. Todo es cuestión de preguntar la disponibilidad de dicho servicio desde un aeropuerto determinado , y llevar las aves a la terminal de carga del aeropuerto que nos interese para el envío, según el aeropuerto de origen, llegarían el mismo día o de un día para otro.
 El costo del envío se compone de tres apartados:

-Tarifa básica: 40,00 €
-Documentación y aduanas: 42,00 €
-Por volumen de envío: calculado en cm3 (alto x ancho x fondo /6000) x3,14 €, lo que nos dará la tarifa del volumen de la jaula o transportín.

 Con repecto a la documentación a aportar para el envío de las aves: ese contrato de cesión que pregonan muchos y en casi todos los foros,no sirve absolutamente para nada (carece de validez legal).Matización,objetiva (ley a cumplir y de debido cumplimiento,no la especulación),claro está siempre que queramos tener legalizados los "parvas" y no humo: LA INTRODUCCION DE ANIMALES VIVOS A LAS ISLAS CANARIAS ESTA TOTALMENTE PROHIBIDO SIN EL PERMISO CORRESPONDIENTE DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE.
 GUÍA DE TRANSLADO.¿Qué quiere decir esto?,que tienes que entrar dentro del considerando común de las Consejerías correspondientes o sea requisitos de debido cumplimiento,vendedor y receptor (iojo! los dos con toda la documentación exigida en todo momento por ambas Consejerías),(documento al uso para ambos y a rellenar entre otros apartados: Nombre de Actividad y Nº de Registro ).Este trámite parte de una consejería (Comunidad receptor) a otra (Comunidad vendedor) y con un plazo nunca superior a cuarenta y ocho horas y vía fax las Consejerías se pasan la distinta documentación para la total aprobación.Sin la debida aprobación,con todos los datos solicitados y comunes con respecto a unas normativas a este efecto es inviable a la hora de legalizar nuestro Carduelis carduelis parva.

 Para finalizar,dos números de teléfono por si pudieran ser de interés:
1º/ CON RESPECTO AL NUCLEO ZOOLOGICO - Rafael Riera Cillanueva (Veterinario Col. 562); 607772797
2º/ Cómo podéis observar en el Modelo solicitud de autorización para actividades relacionadas con Fauna Silvestre, nos piden en el punto 2.- Datos del representante.Aquí en Las Palmas de Gran Canaria, y en mi caso particular, es la AOLP (http://aolp.es.tl/).

Modelo solicitud de autorización para actividades relacionadas con Fauna Silvestre:

"Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Consejeriademedioambien.th

 La persona que se encarga de todos los trámites ante la Administración con respecto a la Fauna Silvestre es el Sr. Dn. Santiago Noval Melian (decano de los colegiados Canarios); 620976131


 P.D./ Los ejemplares silvestres de la fauna europea no se tendrán hasta poseer el correspondiente permiso de captura otorgado por la Consejería de Medio Ambiente del Cabildo Insular de Gran Canaria (se entregará la fotocopia del permiso) o bien ejemplares cedidos por criadores con núcleo zoológico que posean el permiso de captura en regla y aportando siempre carta de cesión: reflejando número,especie y anilla de dichos ejemplares.

Borrador núcleo zoológico:

"Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico1.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoologico2.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoologico3.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoologico4.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoologico5.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoologico6.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico7.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico8.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico9.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico10.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico11.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico12.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico13.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico14.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico15.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico16.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico17.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico18.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Nucleozoolgico19.th "Tenencia y captura de aves fringílidas - Gran Canaria" Fotomontaje.th


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Mensaje por Chicho Vie Ene 22, 2010 9:08 am

   ...,

Cabildo de Gran Canaria

Ficha del procedimiento
CÓDIGO DEL PROCEDIMIENTO: N-0611.PA03
DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO: Autorización en relación con fauna silvestre
CONSEJERIA: Medio Ambiente
SERVICIO: Medio ambiente
Normativa Aplicable:

► Decreto 151/2001, de 23 de julio, por el que se crea el Catálogo de Especies Amenazadas de Canarias.
► Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
► Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas.
► Decreto Legislativo 1/2000, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y espacios Naturales de Canarias.
► Orden de 9 de Julio de 1998, por la que se incluyen determinadas especies en el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas y se cambian de categoría otras especies.
Objeto del procedimiento:
El objeto de este procedimiento es otorgar autorizaciones en relación con la fauna en la isla de Gran Canaria.
Requisitos para el inicio o trámite del procedimiento:
Los destinatarios del procedimiento son investigadores, científicos, técnicos o cualquier ciudadano o institución que lo solicite.
► El requisito que deben cumplir los interesados para iniciar el procedimiento es formular la solicitud por escrito indicando grupo taxonómico, lugar y fecha y cantidad a capturar si procede o bien, la naturaleza del estudio. El solicitante debe estar perfectamente identificado.
► Al finalizar el solicitante debe entregar copia de estudios y resultados, y, en caso de publicación, un ejemplar.
Relación de documentación necesaria para el inicio o tramitación del procedimiento:
Existe un modelo de solicitud normalizado, que se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias del Servicio de Medio Ambiente (C/ Agustín Millares Carló, s/n 1ª Planta, Las Palmas de Gran Canaria) en la Oficina de Información y Atención al Ciudadano (OIAC) (C/ Profesor Agustín Millares Carló s/n, planta baja, Las Palmas de Gran Canaria).
Lugar de presentación de la solicitud y documentación:
Registro General de la Corporación (C/ Profesor Agustín Millares Carló, s/n) o en cualquiera de los Registros Desconcentrados del Cabildo y demás lugares previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Adminsitrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, que son:
► En los Registros de los Órganos Administrativos a que se dirijan.
► En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las Entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, hubiese suscrito el oportuno convenio.
► En las oficinas de Correos en la forma que reglamentariamente se establezca.
► En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
► En cualquier otro que establezcan las disposiciones.
Plazo de presentación de la solicitud y documentación:
En cualquier momento durante todo el año.
Plazo de Resolución:
El plazo máximo establecido por Ley es de 1 mes.
Órgano Inicio:
El Titular de la Consejería de Medio Ambiente.
Órgano Resolución:
El Titular de la Consejería de Medio Ambiente.
Recursos:

► Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente a la notificación o publicación, si el acto fuera expreso; o TRES MESES a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto, conforme a lo establecido en el art. 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
►Recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional en el plazo de DOS MESES contados desde el día siguiente a la notificación o publicación del acto que ponga fin a la vía administrativa, si fuera expreso; si no lo fuera, el plazo será de seis meses y se contará a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto; según dispone el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
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Mensaje por LUIS M. CASTRO Vie Ene 22, 2010 9:51 am

chicho muy currao,y muy buena informacion,gracias por compartirla con el foro,saludo2

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Mensaje por cheng Vie Ene 22, 2010 11:22 am

Cada comunidad tiene su normativa y curiosamente son todas diferentes.
GRACIAS chicho por compartir la informacion.
Un saludo.
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Mensaje por Admin Sáb Ene 23, 2010 12:16 pm

gracias chicho le vendra bien algunos usuarios lo pongo fijo
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Mensaje por Manuel78 Sáb Ene 23, 2010 1:36 pm

Muy buena informacion,ya sabemos que si nos vamos a vivir a canarias,podemos tambien capturar,adaptandonos a sus normativas.
Gracias por la informacion
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Mensaje por manolomilenario Sáb Ene 23, 2010 8:07 pm

Muchas gracias chicho,lo que me llama la atencion,es la captura del canario de monte(supongo que será el canario silvertre),yo creia que no lo dejaban cojer,al menos eso fué lo que me dijeron en las islas,la ultima vez que estube allí,pero de todas formas conseguí traerlos jajaja.UN ABRAZO.
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Mensaje por Chicho Sáb Ene 23, 2010 8:37 pm

   Hola "manolomilenario",
si es cómo dices el canario silvestre.Con respecto a lo que comentas: "me han dicho que no se puede capturar",es que hay mucha desinformación,ahora bién después todo el "mundo" los tiene (generación espontánea).
 Particularmente cómo quiera que no va con mi filosofía el nada a esconder,si aparecen por mi casa (Consejería,Medio Ambiente,Seprona ...,) les abro la puerta y si les apetece les invito a unas cervezas.Saludos,
Chicho
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Mensaje por manolomilenario Sáb Ene 23, 2010 8:55 pm

Mira chicho,yo tambien les puedo abrir las puertas,es mas los traje anillados y de un criador ,claro que no heran capturados,sino criados varias generaciones en cautividad,pero eso si me costo mucho encontrarlos,con esto te digo que mi filosofia es similar a la tuya,si hay alguien que está en contra de la "ilegalidad" ese soy yo amigo chicho.UN ABRAZO.
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Mensaje por Chicho Sáb Ene 23, 2010 9:03 pm

   Hola "manolomilenario",
si te he entendido en todo momento,espero que en el comentario que he echo,ni se te hubiera pasado por la cabeza en ningún momento que cuestionara tanto la procedencia de los pájaros así cómo tú honestidad.Saludos,
Chicho
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Mensaje por manolomilenario Sáb Ene 23, 2010 9:15 pm

Chicho,tus palabras te engrandecen.UN ABRAZO .
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